Sujetos obligados no financieros
Son sujetos obligados no financieros supervisados por la Superintendencia de Sujetos no Financieros los siguientes:
- Empresas de la Zona Libre de Colón, empresas establecidas en la Agencia-Panamá Pacífico, Zona Franca de Barú y demás Zonas Francas establecidas en la República de Panamá.
- Casinos, juegos de suerte y azar y organización de sistemas de apuestas, y otros establecimientos físicos o telemáticos que desarrollan estos negocios a través de Internet.
- Empresas promotoras, agente inmobiliario y corredoras de bienes raíces, cuando estos se involucren en transacciones para sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.
- Empresas dedicadas al ramo de la construcción: empresas contratistas generales y contratistas especializadas.
- Empresas de transporte de valores.
- Casas de empeño.
- Empresas dedicadas a la comercialización de metales preciosos y empresas dedicadas a la comercialización de piedras preciosas, en cualquiera de sus formas, sea mediante la entrega física o compra de contratos a futuro, incluyendo las bolsas de diamantes.
- Lotería Nacional de Beneficencia.
- Correos y Telégrafos Nacionales de Panamá.
- Empresas dedicadas a la compra y venta de autos nuevos y usados.
- Abogados y contadores públicos autorizados, cuando en el ejercicio de su actividad profesional realicen en nombre de un cliente o por un cliente alguna de las actividades sujetas a supervisión descritas en el artículo 40, numeral 11 de la Ley 124 de 7 de enero de 2020.