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¿Qué tipos de empresas deben integrar las normas de cumplimiento?

La norma es clara sobre quiénes deben integrar las normas de cumplimiento que la ley requiere.
Mediante el Artículo 40 de Ley 124 de 7 de enero de 2020, son sujetos obligados no financieros supervisados por la Superintendencia de Sujetos no Financieros los siguientes:
-Empresas de la Zona Libre de Colón, empresas establecidas en la Agencia-Panamá Pacífico, Zona franca de Barú y demás zonas francas establecidas en la república de Panamá.
-Casinos, juegos de suerte y azar y organización de sistemas de apuestas, y otros establecimientos físicos o telemáticos que desarrollan estos negocios a través de internet.
-Empresas promotoras, agentes inmobiliarios y corredoras de bienes raíces, cuando estos se involucren en transacciones para sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.
-Empresas dedicadas al ramo de la construcción: empresas contratistas generales y contratistas especializadas.
-Empresas de transporte de valores.
-Casas de empeño.
-Empresas dedicadas a la comercialización de metales preciosos y empresas dedicadas a la comercialización de piedras preciosas, en cualquiera de sus formas, sea mediante la entrega física o compra de contratos a futuro, incluyendo las bolsas de diamantes.
-Lotería Nacional de Beneficencia.
-Correos y Telégrafos Nacionales de Panamá.
-Empresas dedicadas a la compra y venta de autos nuevos y usados.
-Abogados y contadores públicos autorizados,cuando en el ejercicio de su actividad profesional realicen en nombre de un cliente o, por un cliente, alguna de las actividades sujetas a supervisión descritas en el artículo 40, numeral 11 de la Ley 124 de 7 de enero de 2020.
Todos estos sujetos señalados anteriormente requieren la implementación de políticas de cumplimiento en su organización.
El desarrollo de procesos y políticas de debida diligencia es obligatorio y la no implementación puede llevar sanciones que van desde los 5 mil (US$5,000.00) hasta el millón de dólares (US$1,000,000.00). Pero aún más grave puede ser la sanción a la reputación corporativa. Esta es una tarea que puede realizarse de la mano de una Empresa de Cumplimiento, como el caso de PACOM.
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